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Requisitos

Quienes pueden ser Asociados

Tendrán este carácter las personas que habiendo suscrito el acta de constitución o adherido posteriormente a ella o que sean admitidos como tales, permanezcan asociados y estén debidamente inscritos. La calidad de asociado inscrito se adquiere cuando se haya pagado el primer aporte social.
Pueden ser asociados de la Cooperativa los empleados públicos del SENA, los trabajadores oficiales del SENA, los pensionados del SENA y/o pensionados del SENA por medio de Colpensiones o su equivalente, los empleados y pensionados de la cooperativa y los cónyuges supérstites.

- Podrán continuar como asociados aquellos funcionarios que se retiren voluntariamente del SENA o que fueren desvinculados de la entidad sin justa causa o por restructuración.
- Las personas jurídicas integradas por empleados del Sena y/o ex funcionarios o pensionados del Sena, continuarán con su calidad de asociados siempre y cuando cumplan con los requisitos de hacer aportes a COOPSENA, según se expresa en este estatuto.

Para ser asociado de COOPSENA se requieren las siguientes condiciones:

a) Presentar solicitud por escrito ante el Consejo de Administración.
b) No estar afectado de incapacidad legal.
c) Suscribir y pagar los aportes sociales en el monto que establece el presente estatuto.
d) No haber sido excluido y/o expulsado de COOPSENA, por actuaciones que lo hayan merecido, o por incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de la cooperativa.
e) Recibir un curso de inducción sobre doctrina y disposiciones legales que rigen a las cooperativas, así como sobre el Estatuto, reglamentos y servicios de COOPSENA o comprometerse a recibir tal inducción, dentro de los tres meses siguientes a su afiliación, en caso de no hacerlo no podrá utilizar los servicios de la cooperativa.
f) Suscribir una cuota de afiliación una vez sea aceptado como asociado equivalente a un (1) día del salario básico mensual, no reembolsable, ajustado al millar de pesos más próximo.
g) No estar sancionado por otro organismo cooperativo o similar, en los últimos cinco (5) años.